Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV)
Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat contempla los Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV), administrados por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), a través de los cuales a partir de 12 cotizaciones tendrás derecho a optar al crédito para la adquisición, autoconstrucción, ampliación y mejoras de la vivienda principal.
El FAOV, está conformado por equivalente al 3% del salario integral mensual de los empleados, 2% pagado por el patrono y 1% por el trabajador. El pago de este aporte debe realizarlo el patrono los primeros cinco días de cada mes, a través de una institución financiera calificada por el BANAVIH.
El FAVV, está conformado por el ahorro voluntario que realiza el ahorrista con el aporte mensual del 3% de sus ingresos.
Registro en el FAVV para Ahorrista Voluntario
Para afiliarte como ahorrista voluntario debes seguir el siguiente proceso:
1.
Ingresa en la página:
http://www.banavih.gob.ve/
a través del siguiente enlace
http://faovel.banavih.gob.ve/
2.
Ingresa en la sección de regístrese del empleador.
3.
Ingresa N° de R.I.F. (Ahorrista Voluntario).
4.
En fecha de Constitución de la Empresa, coloca tu fecha de nacimiento.
5.
Interactúa con el sistema hasta concluir la operación.
Solicitud de Retiro de los Haberes FAOV/FAVV
Los Clientes podrán tener acceso a retirar un porcentaje de los haberes registrados en los Estados de Cuenta del Sistema de FAOV en línea de BANAVIH, y de acuerdo al motivo seleccionado, son los siguientes:
Registro de la Solicitud de Retiros de los Haberes FAOV/FAVV a través del Sistema BANAVIH en línea de:
• El cliente debe ingresar a la página del BANAVIH y proceder con los siguientes pasos:
1.
Seleccione la opción “BANAVIH en Línea”.
2.
Presione la opción “Regístrese”, complete los datos solicitados e incorpore la clave que usted desee.
3.
Registre la letra de la nacionalidad (V / E) conjuntamente con el número de la cédula de identidad, la clave indicada cuando realizó el registro y el texto que aparece en la imagen.
4.
Presione el botón “Entrar” y se desplegará la siguiente ventana:
5.
Seleccione el motivo de la solicitud y luego se desplegará la pantalla con los recaudos de acuerdo a la opción.
6.
Después de registrar los datos solicitados, proceda a imprimir utilizando la opción “Imprimir Comprobante”, que se encuentra en el menú interno de la página.
El cliente deberá entregar en cualquiera de nuestras Agencias dos (2) carpetas contentivas de dos (2) juegos de recaudos conjuntamente con las planillas de solicitud respectiva, en un lapso no mayor a cinco (5) días hábiles bancarios posterior al registro o emisión del Comprobante de Solicitud.
El cliente podrá consultar el Sistema BANAVIH en línea, a fin de conocer el estatus de su solicitud de retiros.
El Banco se reserva el derecho de solicitar cualquier otra documentación que considere pertinente.
TIPS Importantes
+
El retiro de los haberes acumulados en el Fondo de Ahorro Obligatorio y/o Voluntario para la Vivienda de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, está sujeto a la recepción de los recursos por parte del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), en virtud de ser dicho organismo el ente regulador y administrador de los mencionados Fondos, de conformidad con lo establecido en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
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Para disponer de los haberes del Fondo de Ahorro Obligatorio o Voluntario para la Vivienda en los supuestos de Adquisición de Vivienda Principal, construir, ampliar, sustituir, restituir, mejorar, reparar o remodelar su vivienda principal, refinanciamiento, pago total o parcial de créditos hipotecarios o cesión de aportes a ascendentes o descendientes para la adquisición de vivienda, el solicitante deberá ser aportante activo y solvente de cualquiera de los dos Fondos, en caso de ser del FAOV y está insolvente se requiere denuncia contra el patrono sellada por BANAVIH.
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El aportante sólo podrá realizar retiros parciales de sus haberes una sola vez cada tres (3) años, contados a partir de la fecha de afiliación al FAOV/FAVV o del último retiro realizado.
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Los Beneficiarios de créditos hipotecarios vigentes, con recursos FAOV, sólo podrán optar al retiros de los haberes por concepto de Refinanciamiento de pago de crédito (Amortización) / Liberación de Hipoteca (Cancelación total).
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Los formatos denominados: Compensación de la deuda al Fondo de Ahorro Obligatorio para la vivienda (Amortización o Cancelación Total) y Declaración Jurada de no poseer deuda por concepto de Crédito Hipotecario con Recursos FAOV. (Debe ser descargado de la página WEB de BANAVIH
http://www.banavih.gob.ve/
)